lunes, 22 de octubre de 2012

Información Pública de Movimientos y Partidos Políticos

Varios años atras, con la anterior Constitución vigente, trabajamos una ley adecuada para el momento que con buena intencionalidad se denominó Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a La Información Pública y que fuera publicada en el Registro Oficial Suplemento 337 del 18 de Mayo del 2004.

Nos acercamos a elecciones y es necesario esforzarse por lograr que se transparente la información pública de los partidos políticos que, están obligados a publicarla, al igual que otras organizaciones que reciben recursos del Estado. Como se establece en el principio de publicidad de la referida Ley:
  • Art. 1.- Principio de Publicidad de la Información Pública.-
    El acceso a la información pública es un derecho de las personas que garantiza el Estado.
    Toda la información que emane o que esté en poder de las instituciones, organismos y
    entidades, personas jurídicas de derecho público o privado que, para el tema materia de
    la información tengan participación del Estado o sean concesionarios de éste, en
    cualquiera de sus modalidades, conforme lo dispone la Ley Orgánica de la Contraloría
    General del Estado; las organizaciones de trabajadores y servidores de las instituciones
    del Estado, instituciones de educación superior que perciban rentas del Estado, las
    denominadas organizaciones no gubernamentales (ONG's), están sometidas al principio
    de publicidad; por lo tanto, toda información que posean es pública, salvo las
    excepciones establecidas en esta Ley.
Los ciudadanos tenemos el derecho y el deber de exigir que los partidos y movimientos políticos publiquen con exactitud toda la información que se obliga en la Ley para que se cumpla el objeto de la misma establecido en su Art. 2, y en el caso concreto de la ciudadanía con énfasis en los siguientes literales:

  • Art. 2.- Objeto de la Ley.-
    c) Permitir la fiscalización de la administración pública y de los recursos públicos,
    efectivizándose un verdadero control social;
    e) La democratización de la sociedad ecuatoriana y la plena vigencia del estado de
    derecho, a través de un genuino y legítimo acceso a la información pública; y,
    f) Facilitar la efectiva participación ciudadana en la toma de decisiones de interés
    general y su fiscalización.
 Los recursos públicos destinados a los partidos y movimientos políticos deben ser sujetos del control social ciudadano, a más de los controles legales respectivos, para evitar que se empleen en fines no dispuestos precisamente por la Constitución y leyes.

La Ley establece los mecanismos a usarse en su Art. 7 que en lo pertinente menciona:


  • Art. 7.- Difusión de la Información Pública.-
    Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo
    118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1
    de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así
    como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma
    institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley se
    la considera de naturaleza obligatoria 

(Se lista a continuación la información OBLIGATORIA a ser publicada)


Como ciudadano debo saber quienes integran los directorios, que sedes o bienes posee una organizacion, que procesos internos se han seguido, cual es su rendición de cuentas donde se detallen los planes y ejecuciones logrados. Los ciudadanos debemos verificar que las propuestas presentadas en una campaña se cumplan y en qué grado han sido ejecutados los planes y propuestas presentados.


Este requisito debe ser cumplido EN EL PRESENTE PROCESO ELECTORAL para que se cumpla el literal f del Art. 2 que reitero indica: f) Facilitar la efectiva participación ciudadana en la toma de decisiones de interés general y su fiscalización. Una decisión crucial de interés general es por quien voy a votar y quisiera hacerlo por alguien que haya cumplido, que transparente sus cuentas y el uso de los recursos asignados. Que rinda cuentas en definitiva. Quisiera saber quienes son sus cuadros directivos y de candidatos, no solamente lo que nos dice la propaganda, sino una hoja de vida pública y política de los candidatos, donde se detalle de donde vienen, que trayectoria tienen y cómo han desempeñado sus actividades. Quisiera poder leer sobre cómo un candidato ha votado  en las leyes que se han aprobado o negado con su participación o en todas las ordenanzas o resoluciones en que ha participado. Me interesa su asistencia a sesiones, la participación que mantienen y las posiciones que toman en las discusiones y votaciones. 

Este acceso a conocer el accionar público de los candidatos es una herramienta importante para los ciudadanos, y funciona muy bien en modelos de democracia donde enviar comunicaciones a los asambleistas o funcionarios de elección popular, sobre temas que se debaten y en los cuales se espera una determinada línea de acción de su parte, es una forma real de ejercer ciudadanía y motivar las acciones de los mandatarios que siempre deben ser coherentes con las propuestas que permitieron su elección y consultadas cuando el tema lo exija.


Sin esta información pública seguiremos votando por caras y gestos y nuestra agenda política no evolucionará en el modo que debe hacerlo.


El CNE debería obligar a que esta Ley se cumpla en beneficio de la democracia real que todos aspiramos vivir.







lunes, 8 de octubre de 2012

Voto Electrónico

Voto Electrónico
Carlos Vera Quintana
Octubre 8 de 2012

Cuando se le añade el término “electrónico” a los procesos, automáticamente y pese al tiempo transcurrido ya en conocimiento de los temas electrónicos y virtuales, se le añade un toque de misterio e incertidumbre que resultan en la percepción de que estamos frente a algo completamente nuevo, cuando en realidad estamos frente a la automatización de un proceso que usualmente hemos desarrollado permanentemente en nuestras vidas.

Así pasó y pasa con términos como gobierno electrónico, comercio electrónico, educación virtual, telemedicina, e-voto, etc.

En lo conceptual, cada proceso involucrado, ya sea ejecutar procesos relacionados con el gobierno o administración, con el comercio, la educación, la medicina o el ejercicio democrático de votar, mantiene su esencia. Es decir el objeto del proceso, los fines y actores no varían, pero si lo hace el medio, las capacidades y la eficiencia y eficacia del proceso, así como el entorno en el cual se desarrollan.

Los medios electrónicos proporcionan nuevos mecanismos para darles seguridad a los procesos, disminuir el factor determinante de la corrupción que es la discrecionalidad, optimizar los tiempos y costos empleados e incrementar la eficiencia y eficacia. El uso de medios electrónicos es sinónimo de innovación y en muchos casos de procedimientos especializados. Ambos conceptos están siendo ya superados y para las actuales nuevas generaciones solo existirá gobierno, comercio, educación, medicina, voto, etc., pues no concebirán otro medio de ejecer estas y la mayoría de actividades de su vida, que no sea lo electrónico y virtual.

Hace unos cuantos años se tenía un problema cuando existían fallas mecánicas en los equipos en los que trabajabamos, luego la ausencia de energía eléctrica se tornaba un problema por que no podían usarse los computadores, y cuando todo esto parecía superado hoy no se concibe la vida sin internet y aún teniendo Internet, no es posible pensar en trabajar o producir sin ciertos portales habilitados o sin acceso a las redes sociales o a la información distribuida en la nube. Los nuevos comodities son acceso a información y datos y a programas y equipos para procesarlos y transformarlos en productos y servicios. Los datos no son útiles sino se transforman en información y la información es relevante cuando es pertinente y se transforma en inteligencia, productos y servicios.

Cuando se trata de procesos especialmente sensibles como la expresión de voluntad ciudadana para determinar la forma de gobierno por la cual optamos y el gobernante que queremos la ejerza, surjen en el término electrónico nuevas connotaciones relacionadas con fraude especializado, necesidad de ser ciudadanos especialistas en manejo de la tecnología o la imposibilidad de mantener el control de los procesos en todas las etapas del mismo para asegurar la pureza de los sufragios.

La presión de la ciudadanía se traslada igualmente a otros escenarios. No tan lejanos están los días en que debían esperarse semanas para tener los resultados de una elección, pero hoy se exigen en horas los mismos resultados, con mayor número de votantes y en procesos que crecen en complejidad. Aquí como en muchos temas relacionados con la tecnología, el ciudadano espera que se haga realidad, sin dilaciones ni excusas, la promesa de rapidez y eficiencia que conlleva la tecnología.

El proceso de voto electrónico debe mantener el concepto fundamental de todo proceso sometido a votación: Que los resultados exhibidos sean exactamente los resultados votados.

Un proceso de votación se configura en un sistema integral que comprende:
  • Normas para reglamentarlo
  • Autoridades para normarlo y conducirlo
  • Veedores y acompañantes para supervisarlo
  • Sistemas y medios tecnológicos para soportarlo
  • Procesos definidos de soporte prevoto, concurrente y post voto
  • Actores proponentes
  • Actores decidores
  • Jueces
  • Marco Institucional para poner en práctica lo decidido en las urnas
Lo que se espera de cada componente del sistema en breve incluye
  • Normas para reglamentarlo
Desde la norma suprema que es la Constitución, las leyes relacionadas, los reglamentos y las normativas menores influyen de modo definitivo en como funciona la relación entre sujeto y objeto del proceso de votación. Estas normas pueden de origen orientar un proceso transparente y neutral o sesgado y parcializado. Las normas que promueven o impiden ciertos procesos o candidaturas son típicos ejemplos de normas que distorsionan el sistema electoral.

  • Autoridades para normarlo y conducirlo
Son los resposables de elaborar la normativa y los procesos a seguir. Se encuentran en diversas instancias, a nivel constituyente, legislativo y electoral. La forma de designar las autoridades influye de modo definitivo en la transparencia y neutralidad de los procesos pues son estas autoridades quienes determinan los factores inhibidores y habilitantes para una elección o votación, con lo cual en la práctica determinan qué se vota y quién puede votar.

  • Veedores y acompañantes para supervisarlo
Idealmente representantes o actores de la Sociedad Civil cuya tarea es integrar una fuerza de trabajo neutral, independiente políticamente y autónoma económicamente con capacidad para observar los procesos, entendiéndose por observar no solamente el acto de ser observadores pasivos de un proceso y emitir comentarios al final del mismo con recomendaciones no incluyentes, sino con capacidad de realizar observaciones a los procesos para enmendar errores o desviaciones que los alteren.

  • Sistemas y medios tecnológicos para soportarlo
Es decir urnas, papeletas, medios de transporte y transmisión, sistemas de control de votos y de procesos relacionados (publicidad, actividad electoral, etc). Es esta parte del sistema la que es más susceptible de ser automatizada, y es su automatización la que cambia los procesos que siguen los otros componentes (por ejemplo las normas, la forma de realizar veedurías y controles, plazos y modalidades para publicar resultados, etc.). La parte más crítica de la automatización es la determinación de los equivalentes funcionales que reemplazan otros componentes. Por ejemplo cual es el equivalente funcional de la papeleta de votación o el equivalente funcional de la urna donde se depositan los votos, entre otros.

Los Sistemas tecnológicos y medios se deben aplicar a procesos depurados, simplificados y optimizados, no a procesos existentes sin revisión que solamente reproducen vicios de procedimiento o fallas del sistema pero ahora de modo automatizado.
Se trata no solamente de automatizar un proceso sino de adicionalmente blindarlo de la influencia de factores externos al mismo que puedan distorsionarlo o influenciarlo. La reducción de la discrecionalidad, que se evidencia en la menor intervención humana para aplicar criterios subjetivos influenciables es uno de los mayores justificativos de esta automatización, como veremos más adelante. La rapidez y confiabilidad en el procesamiento, almacenamiento, verificación y transmisión de la información es el otro factor que destaca en la automatización de procesos.

  • Procesos definidos de soporte prevoto, concurrente y post voto
Junto con las normas que ordenan el proceso electoral, estos subprocesos lo determinan en cuanto a que, a través de ellos, se establece una cadena concatenada de acontecimientos, plazos, acciones y actores a lo largo de todo el evento electoral. El objetivo es determinar cuando, quien, cómo y donde se ejecutan las acciones de los procesos. Qué resultados se esperan y qué acciones se toman en las diferentes condiciones. Por ejemplo el período de propaganda electoral, o el horario de votaciones y cómo se contatenan entre sí estas acciones es parte de un proceso que se diseña para ser eficiente y previsible.
 
  • Actores proponentes
Pueden ser estos candidatos con sus propuestas de trabajo, propuestas a ser votadas en un referendo o mecanismos de accionar público puestos a consideración de los ciudadanos. Esto es las tesis, propuestas o actores objeto de la votación.

La capacidad de ser actor depende del estado de los derechos ciudadanos y del cumplimiento de requisitos, siendo ambos mecanismos restrictivos que deben ser debidamente manejados para asegurar la mayor participación y la no discriminación por causas raciales, geográficas, políticas, económicas, etc.

  • Actores decidores
Los sujetos del proceso. Aquellos que mediante el voto expresan su voluntad sobre quien los gobierna, qué propuesta es aceptada para implementarse o qué acciones se priorizan en una acción de gobierno, etc.

Son los ciudadanos que se enmarcan dentro del proceso y pueden ser agrupados de acuerdo a la norma y objeto de votación que rija, pudiendo existir procesos colegiados, parroquiales, municipales, nacionales, etc. Aunque todos somos actores decidores, la capacidad de decidir también está sujeta a las normas que rigen el proceso, por ejemplo estar en goce de los derechos ciudadanos, pertenecer a un gremio o vivir en una circunscripción geográfica determinada. El estado de los derechos ciudadanos (pérdida temporal por ejemplo) o los requisitos (vivir en una ciudad determinada por ejemplo) determinan el caracter de elegible o no como actor decidor en un proceso.

  • Jueces
Que determinen culpables de violar las normas electorales y las sanciones correspondientes. Debe ser una instancia independiente y autónoma igualmente incluso del nivel regulador o legislativo.

  • Marco Institucional para poner en práctica lo decidido en las urnas
El sustento de la democracia es poder decidir pero su principal obstáculo es la voluntad manifestada no cumplida, retardada o alterada. Por ejemplo si se determinó en un referendo una enmienda constitucional o la necesidad de dictar una norma legal, incluso con o sin plazos, la voluntad ciudadana debe cumplirse a riesgo de que el exceso de consultas ineficaces reste credibilidad al proceso y fomente el desinterés en la votación, la desconfianza y el queminportismo. Un marco institucional no adecuado que no permite poner en marcha la voluntad ciudadana expresada en las Urnas es más pernicioso que un sistema autoritario, pues en tanto que el segundo es impuesto y contra el mismo se puede y debe luchar, siendo que eventualmente se logrará salir del estado de tiranía, contra lo primero usualmente no existe “voluntad política” para combatirlo y la ciudadanía pierde valores, confianza en el sistema y es proclive a abandonar el resultado de su expresión.

Algunos ejemplos claros tenemos en la historia ecuatoriana en especial respecto del irrespeto a la voluntad expresada en las urnas para elaborar normas o implementar acciones sometidas a referendo, que el débil marco institucional no permite ejecutar. Nos estamos acostumbrando a que años despues de una decisión en las urnas, los ciudadanos no vemos la necesidad de exigir el cumplimiento del mandato expresado, y el ejercicio de votar se transforma en una novelería de turno o un pretexto para la arena política que tiene detras casi siempre exclusivamente poder político y económico.

Esto nos lleva a repensar las normas donde a cada obligación establecida deberá paralelamente establecerse una instancia de juzgamiento y sanciones. Por ejemplo en un referendo deberá establecerse los plazos e instancias de ejecución de la voluntad ciudadana y las sanciones y consecuencias legales para los responsables de ejecutarla en casos de negligencia o incumplimientos, sin perjuicio de las normas vigentes que rijan la actividades de dignatarios y funcionarios.

Principios de un proceso electoral

Son básicas al menos los siguientes
  • No discriminación
  • Igualdad de participación y oportunidades
  • De supervisión de legalidad y legitimidad
  • Información y publicidad
  • Neutralidad
  • Soberanía
  • Respeto a la voluntad ciudadana
  • De implementación de la voluntad ciudadana
  • No discriminación
Todo ciudadano con los mínimos requisitos debe ser capaz de proponer y de decidir. De elegir y ser elegido. En la historia política nacional existen casos concretos de exclusiones a medida que siempre distorsionan la democracia.

  • Igualdad de participación y oportunidades
Que todos los actores proponentes y decidores cuenten con la capacidad de exponer sus tesis y de ejercer su derecho a decidir en igualdad de condiciones y oportunidad. No deben existir normas que alteren la participación ciudadana o la restrinjan aun indirectamente como por ejemplo por problemas en el registro civil o instancias similares.

  • De supervisión de legalidad y legitimidad
Existencia de un principio en el cual terceros neutrales o actores comunitarios involucrados en supervisar el cumplimiento de los aspectos formales y de fondo de un proceso.

  • Información y publicidad
Este principio permite al ciudadano a informarse de modo neutral sobre qué se decide, cómo ejercer el derecho a decidir, etc. Igualmente los proponentes tienen la obligación y el derecho de publicitar sus propuestas en igualdad de condiciones y oportunidades

  • Neutralidad

De las instancias políticas y económicas. No deben poder las instituciones públicas influenciar directa o indirectamente con propaganda o publicidad ni tampoco los recursos privados primar para promover una tesis o una posición o candidatura.

  • Soberanía
Propuestas y candidatos soberanos no influenciados por terceros que pueden pretender legitimar a través del voto la alteración de derechos que siempre deben tener el carácter de inalienables e irrenunciables para los ciudadanos de un País. Por ejemplo el derecho a los recursos naturales, al buen vivir, a la educación y salud, etc.

  • Respeto a la voluntad ciudadana
Que ésta no se influencia, distorsione, altere o retarde.

  • De implementación de la voluntad ciudadana
La expresión en las urnas debe ser implementada, sin interpretaciones o dilaciones y con sanciones para los responsables de su alteración o inejecución.

En el ejercicio de votar, el sufragio debe observar los siguientes principios:

  • Autenticidad: Que quien vote sea quien debe votar y quien dice ser.
  • Integridad: Que el voto exhibido sea igual al voto depositado tanto al votante como en el resultado final.
  • Permanencia: Que el voto expresado, auténtico e íntegro no sea dejado fuera del proceso por factores o actores externos.
  • Privacidad: Que el voto no pueda transformarse en elemento de presión contra quien lo ejerce antes o despues de la votación, de modo individual o colectivo.

Los principios del sufragio pueden asegurarse con el uso de la tecnología igualmente en diversas formas y mecanismos como exponemos a continuación:

  • Autenticidad

Sistemas de identificación fiables con procesos que aseguren la identidad del ciudadano. En Ecuador los mecanismos de aseguramiento de la identidad han mejorado notablemente existiendo algunas instancias que deben ser estrictamente vigiladas para evitar alteraciones. No es solamente necesario que la cédula tenga múltiples seguridades que la hacen dificil o imposible de falsificar, sino por ejemplo que en el proceso de fotografía para este documento básico, quien conste en la fotografía sea quien consta en los datos. Era usual que al momento de tomarse la fotografía se llamara a viva voz por la persona y cualquiera se acercaba, resultando en una cédula muy segura que podría ser falsa. Esto se ha corregido notablemente en el registro civil y es uno de los puntos más delicados del proceso. Al momento de verificar la identidad del ciudadano no es posible al responsable de una mesa o urna ir más alla de la simple verificación manual discrecional sin garantía de real autenticación por lo que la responsabilidad de la autenticidad del ciudadano recae en otra instancia como se ha expuesto.

La tecnología permite, a través de procesos de reconocimiento facial, comparación digital de huellas o similares, determinar inequivocamente la identidad de un votante y su capacidad para votar. La depuracíón de los padrones y las bases de datos debidamente sincronizadas son vitales para asegurar la autenticidad de los ciudadanos y su manejo igualmente se puede y debe automatizar.

La sincronización de las bases de datos por problemas como duplicación de información, multiplicidad de fuentes y ausencia de políticas de datos que obliguen a las instituciones a compartir y sincronizar la información es uno de los problemas más importantes que deben enfrentarse. No es pensable un proceso de automatización de la votación sin depuración y sincronización de las bases de datos. En la era del conocimiento y la información es posible hacer que todos tengan la capacidad de ejercer su derecho a votar, elegir y ser elegido aun si cumple requisitos el mismo dia del sufragio.

Para asegurar el sincronismo de datos se debe tener conectividad, interconexión y estándares para la generación, procesamiento, almacenamiento y tranmisión de los datos. Es usual encontrar fallas tan simples como que uno cuando nace es Pedro Perez y cuando fallece es Perez Pedro lo cual ocasiona desincronización total en el sistema.

  • Integridad

El voto debe mantener su integridad, sin que sea posible alterarlo previo, durante o despues del sufragio. El votante debe poder verificar la expresión de su voto al momento de ejercerlo y los responsables del sufragio deben ser capaces de asegurar que colectivamente se mantiene la integridad de los votos.

  • Permanencia

Es la capacidad de que la voluntad manifestada en las urnas se mantenga en el proceso de conteo evitando que se anulen mesas o sitios de votación con cualquier pretexto a fin de favorecer o perjudicar una opción o candidato.

  • Privacidad

La coherción previa, la amenaza concurrente o las sanciones posteriores son un arma importante para distorsionar el voto. Cuando se conoce cómo votó un ciudadano se lo puede presionar para votar en la forma que se quiere individualmente. En lo colectivo la falta de atención o servicios a poblaciones que se manifiestan contrarias a una tesis o candidato son modos inaceptables de presión, aun cuando no existe la privacidad colectiva.


Principios del voto electrónico

Se aplica en el proceso de expresión de la voluntad ciudadana que es parte del proceso electoral total y debe contener los principios de ser:
  • Simple
  • Confiable
  • Seguro y
  • Accesible
Simple: Es sinónimo de amigable, a prueba de errores de uso o de intimidaciones tecnológicas o de interface para el ciudadano. Esto se consigue trabajando con grupos focales y aplicando criterios de usabilidad y accesibilidad.

Confiable: No solamente por que refleja la voluntad ciudadana sino por que inspira confianza a los mismos ciudadanos, que es auditable y verificable en todo momento del proceso por los actores y terceros de confianza.

Seguro: Debe garantizarse la privacidad al votante al momento de ejercer el voto y la inalterabilidad en la transmisión de datos del sufragio. Al inicio del proceso debe poderse auditar el enceramiento, durante el proceso la integridad y una vez terminado el proceso la transmisión y acumulación de votos, así como su borrado para evitar vulnerar la privacidad de los votantes aun luego de terminado el proceso de elecciones.

Accesible: El sistema debe estar disponible al 100% y se deben prever mecanismos paralelos, automatizados o manuales para eventualidades tanto en el proceso de votación como en la transmisión y almacenamiento. No deben existir restricciones de ubicación geográfica, condiciones climáticas o disponibilidad de energía por ejemplo, que impidan el ejercicio electoral. Igualmente deben aprovisionarse mecanismos de reemplazo de sistemas o sus partes o el reemplazo por procesos manuales en ciertas condiciones.

La auditoría del proceso debe determinar posibles tendencias de inutilización de máquinas en determinados sitios por ejemplo, para evitar que se altere la posibilidad de acceso al voto del ciudadano que es el objetivo final, junto con el respeto de la voluntad expresada.


Tipos de voto electrónico

Sin entrar en discusiones que escapan del alcance del presente ensayo, podemos establecer razonablemente dos tipos de voto electrónico:

Total en el cual todo el proceso desde la exposición de tesis, seguimiento, control, voto, sufragio, exposición de resultados y seguimiento de ejecución sean por medios electrónicos. Aquí podemos hablar de un voto electrónico local que es lo que normalmente se pone en práctica y un voto electrónico a distancia o virtual que igualmente es posible y recomendable en diversos casos.

Parcial cuando el sufragio es lo que se automatiza y puede igualmente realizarse por medios electrónicos locales o telemáticos, por ejemplo a través de Internet.


Uso del voto electrónico

En todo proceso es posible votar electrónicamente. Actualmente se puede votar usando diversos mecanismos aplicables dependiendo del número de votantes, de la complejidad de la votación, del tipo de votantes, de los asuntos votados y de la implicación de los resultados. Para ser más específicos, no es lo mismo votar por una presidencia de un gremio por ejemplo que por la presidencia de la república. Igualmente no es lo mismo votar entre legisladores en una sala de votación que en una elección nacional.

El voto por Internet o Telemático por redes electrónicas diversas resulta apropiado en muchas circunstancias como para decidir temas institucionales, por ejemplo la aprobación de presupuestos, normas u ordenanzas, etc. Es posible que en procesos de mayor complejidad deban arbitrarse mecanismos adicionales para asegurar privacidad e integridad del votante pero técnicamente existen soluciones confiables y al alcance del presupuesto de ejercicios electorales diversos.

Votar electrónicamente por ordenanzas o presupuestos parroquiales, provinciales o nacionales evitaría el tener que contar con concejales, diputados o asambleistas, dedicados a estos temas “en representación” de la ciudadanía, otorgaría mayor legitimidad a las normas decididas directamente por la ciudadanía y permitiría a los representantes electos dedicarse a temas de mayor peso como concentrarse en el diseño de las normas a ser votadas, la administración eficiente y transparente de los recursos presupuestados o la administración pública para la cual fueron electos.

El ciudadano otorga, con un mecanismo de voto electrónico en marcha, capacidad concreta y específica de representación a sus mandatarios y los asuntos que le influyen y determinarán su vida, se somenten a su consideración tantas veces cuantas sean necesarias para que la voluntad ciudadana se exprese. En esta línea el voto electrónico y telemático tiene serias ventajas pues ya no es necesario organizar procesos complejos con inmensos recursos dedicados y disputas electorales presentes, sino que a través de la observancia de los principios del voto electrónico se pueden lograr altos niveles de participación que sin duda crearán ciudadanos más informados, proactivos y respetuosos de la democracia y de lo que deciden las mayorías. Estas mismas mayorías se tornarán más efectivas conforme la confianza en el ejercicio de expresión de voluntad se asiente y con la práctica de obtendrán mayorías consolidadas que permitan a una tesis o un candidato ejecutarse o ejercer su autoridad sin las consabidas reservas por el porcentaje de ciudadanos que votaron a favor de otra tesis o candidato.

Solo hay mucho que ganar y es hora de empezar


Carlos Vera Quintana es Ingeniero Electrónico especializado en aplicaciones de TICs