miércoles, 31 de agosto de 2011

Los concursos de oposición y méritos

Los concursos de oposición y méritos

Mi experiencia en procesos de Participación Ciudadana empieza desde mucho antes de ser parte del experimento, casi fallido al momento, de institucionalizar la Participación a través de un Consejo que tiene una árdua misión, que todos esperamos culmine con éxito, respecto de promover la participación real, con independencia real y con control y resultados reales en especial en la dificil tarea de los concursos a su cargo.

Mi aporte a los concursos de oposición y méritos:

  • Los reglamentos no deben elaborarse por quien ejecute los procesos y deben someterse a Veeduría Ciudadana para desnudar sus falencias y los privilegios que crean sobre concursantes en general o en particular. En ingeniería por ejemplo uno diseña, otro construye otro fiscaliza. Eso funciona bien.
  • La Veeduría debe ser estrictamente instrumentada para que sea respetada. Hasta el momento los veedores se han transformado en opositores al concurso o en espectadores complacientes de los mismos. Todo depende de donde provengan.
  • Los instructivos deben ser simples, habilitadores de la participación y no desmotivadores o inhibidores de la misma. Esto exige técnica para elaborarlos y precisión en lo que persiguen. Legislar es un arte y aquí se nota mucho más esto.
  • Las formalidades siempre deben ser pertinentes y subsanables en el momento oportuno.
  • La decisión sobre la impugnación ciudadana no puede estar en manos de quien ejecute el proceso o sea parte del mismo. Lo contrario solo deja en las mismas manos todas las decisiones y no se garantiza imparcialidad ni transparencia.
  • Debe promoverse intensivamente la participación en los procesos de veeduría e impugnación ciudadana para evitar que se desmerezca la misma por falta de formalidades o por desmotivación de los ciudadanos pues se sabe que no prosperan o "es mucho lio" impugnar. Debe ser parte del proceso de todo concurso, una permanente capacitación para que los ciudadanos sepan cómo presentar una impugnación y sustentarla. Este es quizás el más importante punto a considerar si queremos que la ciudadania informada participe y lo haga motivada por procedimientos ágiles, motivadores y con resultados. No importa cuanto tome o cueste. La participación ciudadana real no tiene precio.
  • Los requisitos y méritos, así como los exámenes deben tener una valoración justa y dimensionada y establecerse sin lugar a discrecionalidades, su verificación y calificación. Debe eliminarse el exceso de requisitos o de exigencia de méritos que privilegien la participación de quienes siempre hemos tenido oportunidad de participar en desmedro de otros ciudadanos.Sostengo aquí que los méritos reales son más importantes que un exámen de oposición donde un resultado mediocre o no excelente depende de muchos otros factores, como en todo exámen, y no necesariamente por ser un profesional mediocre o un futuro funcionario mediocre. Los jueces toman decisiones viendo las normas, leyéndolas y releyéndolas, por qué exigir que en un concurso se digan cosas de memoria?
  • En concursos donde más que los méritos cuenta la historia de vida, por ejemplo en el caso de designación de jueces, el organismo que los lleve adelante debe DE OFICIO poder indagar la vida de aquellos a quienes nombrará y realizar su propio proceso de depuración interna DEBIDAMENTE AUTORIZADOS POR LOS MISMOS CONCURSANTES AL MOMENTO DE INSCRIBIRSE. Hoy, solo si alguien es impugnado se activa este recurso, pese a que muchas veces por miedo, por amenazas o por desconocimiento el ciudadano no impugna. El tema de los jueces NO ES TRANZABLE. El CJT debe esculcar la vida de los posibles magistrados o funcionarios DE OFICIO e investido de su total competencia, descartar a quienes no puedan demostrar su estilo de vida o en ella se determinen corrupción o neglicencia.
  • La etapa post concursos no debe descuidarse. Es decir se debe obligar a los funcionarios designados a certificar sus competencias y a prepararse en forma debida para el cargo a ejercer antes siquiera de iniciar en el ejercicio del mismo. Esta es la parte olvidada de los concursos. Se designa al o a las ganadores  y no se está evaluando su capacidad de gestión ni asegurando la calidad de su ejercicio. Esta es una medida del éxito de los procesos de participación y permitirá ajustar procedimientos para mejorar los indicadores de éxito. La ciudadanía verá con buenos ojos cuando se demuestre que quien fue designado-a realmente hizo un gran papel y cumplió pues se habrá demostrado que se hizo el mejor concurso.
Los organismos o las funciones no pueden ser independientes. Uno se independiza cuando ha estado sometido, no antes. Son INTERDEPENDIENTES pero deben ser autónomos y funcionar modularmente. Lo modular significa que un ente funciona autonomamente pero tambien en conjunto con otros y alli potenciadamente pues el todo es más que la suma de las partes. La única autonomía es la que se asegura con autonomía económica. Si las funciones e instituciones autónomas tuvieran ordenadamente su propio ministerio de finanzas o economía hace rato seriamos un País desarrollado.

El único origen de la corrupción son la discrecionalidad y la impunidad. Esto en los concursos también se aplica. Si hay discrecionalidad se podrá considerar o no un mérito, puntuar o no una pregunta. Si hay impunidad no habrá impugnación que prospere ni veeduría que funcione. En ambos casos el resultado es el fracaso participativo y de resultados en los designados y la desilusión por la Participación que algunos empezamos ya a sentir.

Los procesos deben continuar, los procedimientos deben perfeccionarse para que la Participación Ciudadana sea el motor que todos esperamos empiece a funcionar y así lograr un País en el que tengamos fé y den ganas de vivir.

Esta es igualmente nuestra responsabilidad. Empecemos a asumirla seriamente.

Carlos Vera Quintana
Consultor TICs
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sábado, 20 de agosto de 2011

La Escuela de la Funcion Judicial

La Escuela de la Función Judicial

La importancia de los procesos formativos y académicos está en que su calidad se refleja en el desempeño profesional, existiendo una estrecha relación entre la experiencia profesional exitosa y el sustento académico de la misma.  Es posible prever la eficiencia del desempeñ profesional basados en el conocimiento de la calidad de la formación académica recibida.

Ni un profesional empírico, ni un teórico sin práctica profesional: El ejercicio profesional eficiente exige que existan procesos de iniciación académica, de profundización profesional y de especialización; todos debidamente encadenados y consecutivos, reconociendo que en el proceso debe existir una combinación entre formación académica y ejercicio profesional, ya sea cuando la formación académica es predominante (pasantías, prácticas profesionales), cuando el estudiante se prepara para el ejercicio profesional (certificación de competencias profesionales) o cuando el ejercicio profesional es predominante (cursos de profundización y especialización)

Una Escuela de la Función Judicial debería permitir a quien ejercerá un cargo en la Función, contar con al menos las siguientes capacidades:
  • Conocimiento del sector judicial más allá del ámbito académico: Dinámica institucional vigente y marco normativo integral
  • Certificar sus competencias en el uso de las TICs: Como requisito indispensable para incursionar en áreas de administración de justicia en las que términos como documento electrónico, firmas electrónicas, mensajes de datos, desmaterialización, digitalización, entre otros, son de uso y aplicación comunes. Entendimiento de las equivalencias funcionales del mundo electrónico al físico y de las formalidades que requiere la tecnología para ser legalmente efectiva
  • Permanente actualización en temas legales referidos al ámbito de su competencia
  • Certificación y aseguramiento periódico de la capacidad para seguir ejerciendo un cargo en la función
  • Certificación para ascensos
  • Certificación de competencias profesionales afines con el área del ejercicio profesional
En resumen, la Escuela de la Función Judicial debe ser un filtro y un habilitador del talento humano especializado y focalizado y un requisito para aspirar a ingresar a la función y para permanecer en ella.

La eficiencia de la Escuela de la Función Judicial se mide por la capacidad de sus alumni para reducir el espacio de tiempo entre el ejercicio académico general y la práctica profesional especializada. Es en esta espacio de tiempo que se encuentra la base de la ineficiencia judicial y profesional en general. Es decir, desde qué momento un funcionario puede considerarse, a sí mismo y por el sistema, como definido completamente en su especialidad y en su aptitud para desempeñar el cargo y las funciones que le corresponden. En general desde que un estudiante egresa hasta que define exactamente su especialidad transcurren entre 5 y 10 años. La certificación de competencias previo al ejercicio profesional y la profundización post académica deben reducir este espacio a meses para incrementar la competitividad sistémica y la efectividad de la formación académica permanente.
  
Es por tanto posible de afirmar que un cambio real en la administración de justicia requiere un exigente y permanente proceso de evaluación, aseguramiento de la calidad y acreditación del desempeño profesional. 




Carlos Vera Quintana
Consultor TICs

jueves, 11 de agosto de 2011

Tecnología Versus Corrupción

Tecnología Versus Corrupción
Es posible que las únicas causas de la corrupción en cualquier instancia sean la discrecionalidad y la impunidad. Es decir, la capacidad de actuar o no actuar según uno considere, en el momento que así lo considere, con diversos criterios para los mismos casos y en la seguridad de que pase lo que pase nunca uno será sancionado, o incluso ni siquiera juzgado.

En ambos casos, ya sea contra la discrecionalidad o contra la impunidad, existen diversos enfoques que se pueden poner en práctica para evitarlas, sin hablar siquiera de minimizarlas pues el sólo término sabe a alcahuetería, intentando justificar la corrupción como algo que jamás podrá ser terminado ni combatido eficazmente.

Discrecionalidad.
Se incurre en discrecionalidad intencional o inintencionalmente, a propósito o por desconocimiento y a menudo más grave aún, por falta de norma expresa que guíe la acción o la toma de decisiones. La discrecionalidad podría en algún caso explicarse por alguna de estas razones, cuando varias personas en el mismo caso toman acciones o decisiones diversas por disponer de información diferente o por no tener una guía o referencia para replicar ante las mismas circunstancias las mismas acciones o decisiones. Podría explicarse... pero no justificarse.

Las referencias de las cuales hablamos son leyes, normas, políticas, fallos, acciones o decisiones previas.

La discrecionalidad se incuba ya sea por que estas referencias no existen y no hay interés en crearlas o por que si existen no se las emplea o se las deja de lado. La impunidad, por otra parte, es el apoyo para ejercer la discrecionalidad en cualquier momento.

Discrecionalidad implica motivación para corromper y corromperse, pues cuando sabemos que la norma no existe o que la misma es posible de aplicarse o no, dependiendo de la "gestión" que realicemos con quien tenga la capacidad de hacerlo, sabemos que lo último que haremos es cumplir la norma, esperar los plazos, seguir los procedimientos o confiar en la aplicación de la ley o en una acción o decisión legal y justa.

La discrecionalidad está en todos los actos de nuestra vida, desde cuando debemos llamar la atención a nuestros hijos y no lo hacemos por cualquier motivo, demostrando que estamos en capacidad de ejercer o no la necesaria autoridad para su formación, pasando por las veces que se nos pide desviar el camino o ingresar por otro acceso a un sitio y reclamamos logrando que se nos permita seguir por donde queriamos, hasta cuando sabemos que legalmente nos corresponde cumplir un paso o alguna norma u obligación y entendemos que "hablando" lo podemos "arreglar".

Empiezan a surgir entonces los medios de aplicar la discrecionalidad y usarla en nuestro beneficio: "hablar", "arreglar", "palanquearse", "darle para las colas", etc.

La discrecionalidad implica entonces que tenemos que "gestionar" la actuación o acción de un funcionario pues existe la total certeza y experiencia prévia de que lograremos que la misma sea en el sentido que queremos y no necesariamente en el sentido que debe ser.

Impunidad
La impunidad es la garantía permanente y necesaria para los actos de corrupción. Es la seguridad de que se puede "confiar" en los complices de la corrupción.

Propuestas de solución

Para la discrecionalidad la aplicación de tecnologías es una forma de evitarla al reducir la necesidad de que el ciudadano tenga que "gestionar" sus trámites o acudir "personalmente" para realizarlos.

La tecnología se puede aplicar en varios ámbitos:

- Para informar adecuadamente a los ciudadanos y evitarle la incertidumbre que lo motiva a buscar "palancas"

- En la automatización de los procedimientos para que se establezcan con claridad los plazos y pasos y controlar su cumplimiento en sistemas de Workflow especializados y controlados.

- Para registrar las acciones y decisiones y tornarlas, junto con las normas y políticas, en referencias de futuras acciones y decisiones

- Para promover el acceso a los organismos e instancias de control que permitan promover una cultura de transparencia y denuncia, así como el conocimiento de los actos de corrupción y de quienes los ejecutan.

- Para facilitar el acceso de los ciudadanos a los trámites y evitar al máximo la interacción personal innecesaria y motivante de la discrecionalidad. Esto requiere poner a disposición del ciudadano los trámites en línea y no discriminar ninguna acción por el sólo hecho de realizarla por medios electrónicos o de modo no personal.

- Para interconectar las instituciones, sus bases de datos y todo tipo de referencia a fin de minimizar los "requisitos" o la arbitrariedad en su exigencia. El Estado no debe requerir del ciudadano ningún requisito que tenga en su poder a través de sus diversas oficinas o instituciones. Es notable que en las instituciones del Estado se requieran requisitos o certificados que están en poder del mismo Estado y pueden accederse de modo simple si se interconectan obligatoriamente las instituciones.

Por otro lado, para la impunidad solo existe un remedio: Una justicia verdadera a través de jueces probos y sistemas eficientes de control de sus acciones.

La tecnología aquí también tiene su aplicación para registrar y difundir los actos de los tomadores de decisiones, los fallos de los jueces y las acciones de los funcionarios en la larga cadena de un trámite de cualquier tipo (secretarias, amanuenses, responsables de trámites, etc), lo que servirá para una toma de decisiones en diversos ámbitos incluida la evaluación de desempeño necesaria para mantenerse en un cargo y ascender, ser sancionado o salir.

Tanto para controlar y minimizar la discrecionalidad como para asegurar la no impunidad, la tecnología juega un rol importante.

La aplicación de las tecnología no es una cuestión de recursos pues la inversión es mínima comparada con el retorno, no es una cuestión de disponibilidad de tecnología apropiada pues la misma existe y existe el recurso humano para manejarla. Es una cuestión de dos factores que son conocimiento y decisión, ambos no siempre coincidentes y no siempre alineados en quien tiene la responsabilidad de actuar.

Carlos Vera Quintana
Consultor TICs

lunes, 1 de agosto de 2011

e-justicia

E-justicia
En términos de referencia, la e- aplicada a diversos procesos y actividades implica eficiencia, rapidez, tecnología y mejora de la competitividad sistémica. En un proceso de corto plazo y largo alcance, como es la reforma integral de la Justicia, los procedimientos para administrar a quienes deben administran justicia, deben dotarse de un alto componente organizativo, no discrecional y de consulta para la toma de decisiones en tiempo real que exige aplicar e-.

E- no significa descuidar los procedimientos y automatizar las ineficiencias de los mismos, implica una revisión cuidadosa de los pasos y factores involucrados en un workflow para identificar los cuellos de botella, los nudos de ineficiencia y las discrecionalidades que ponen en riesgo el resultado en aquello que se pretende reformar.

El caso de la Justicia en general y el caso de la Justicia en Ecuador en particular, para convertirse en E-justicia, requiere de varios factores que ahora coexisten y que incluyen:

- Voluntad Política: Sustentada en una Consulta Popular que legitima la acción a desarrollar, existe voluntad política innegable y esto se ha traducido en la implementación de la voluntad ciudadana, integrando el Consejo de la Judicatura que se encargará de la reforma integral del Sistema de Justicia.

-  Inteligencia: La integración del COnsejo de la Judicatura demuestra hacia donde se quiere ir al poner al frente a un experto con resultados, que sabe como organizar procesos, administrar eficiencias y enfrentar deficiencias de cara a la optimización que se requiere para el cambio real.

- Eficiencia de la política pública: En el mismo equipo base. Con tres personas a cargo de la política y sus ejecutorias, la toma de decisiones se simplifica y los acuerdos fluirán.

- Visión externa: Las alianzas con instituciones no relacionadas con los actores internos, que vienen con una visión fresca es garantía de una posición no sesgada y que proporcionará la base del Estado del arte para la toma de decisiones. Esta visión externa se ratifica con un ingeniero y experto en optimizar situaciones que parecían inmejorables (Registro Civil) al frente de un sistema en el cual predominaba una visión exclusivamente de tribunales o legalista sin considerar que la administración de justicia está a cargo de personas y se apoya en sistemas, que es donde se debe trabajar.

- Recursos y su administración: La debilidad del sistema no fue nunca la falta de recursos, fue la ineficiencia en el gasto y en el cumplimiento de las metas y supuestos presupuestarios. Lo que ahora se está proyectando invertir en principio, está esencialmente dentro de los rangos que antes se encontraban disponibles, quedando la diferencia en la capacidad de ejecución y eficiencia del gasto para lograr resultados visibles.

- Integralidad: El entendimiento de que la Justicia es un Sistema que depende de un marco legal (que debe reformarse), de un marco institucional (que se debe construir), de un conjunto humano (que debe renovarse totalmente) y de una infraestructura tecnológica (que debe implementarse en el backoffice y en el frontoffice) es esencial para que la reforma se sienta.

Con la continuidad del sistema legislativo garantizada, con la férrea voluntad del Presidente por implementar los cambios propuestos y con la capacidad del equipo a cargo de hacerlo, la reforma integral de la Justicia y del Sistema de Justicia está en marcha. Los cortos plazos de trabajo tienen el sentido político de transmitir a la ciudadanía la urgencia de la reforma y son a la vez necesarios para que se trabaje por entregables y en el desarrollo de un esquema de ensamblaje de dichos entregables, de modo que sea posible atacar simultáneamente varios frentes hasta articular un sistema de gestión que permita a quienes administran justicia, hacerlo dedicados a lo suyo.

Carlos Vera Quintana
e-consultor