En Ecuador nos acercamos a un nuevo proceso electoral marcado por algunas importantes circunstancias, como la continuidad del gobierno luego de una era tumultuosa de más de una década, un gobierno con un importante apoyo y legitimidad, un nuevo código de la democracia, un CNE y TCE renovado, y finalmente un ambiente geopolítico que es nuevo para nuestra democracia, por la importante atención de la comunidad internacional a lo que suceda en nuestro País.
Nuevo es igualmente, como potencial actor, el Narcotráfico. Antes seguramente igual presente, pero ahora evidentemente rondando en varias esferas de la vida cotidiana, y que por mantener la transparencia y legitimidad de los actores políticos necesitamos que sea enfrentado y mencionado con toda la entereza que se requiere y sin usarlo con fines políticos electorales, por tratarse de un tema delicado, de interés nacional y ante el cual deben existir consensos, pues ha demostrado ser un actor influyente y muchas veces determinante en la experiencia electoral de países vecinos o lejanos.
El Narcotráfico no sería posible sin aliados estratégicos inmersos en las fuerzas del orden, en los organismos de control y en las instancias políticas y por tanto entre las autoridades que determinan políticas e influencian a todo nivel. Su poder de penetración es tal que no podemos darnos el lujo de pensar que está controlado o que a nosotros "no nos va a pasar". No existe una política policial, judicial o preventiva de cualquier tipo que elimine por completo la posibilidad de que tengamos narco candidatos en el País y por tanto el desafío para todos es aún mayor.
Una campaña electoral es costosa y exige recursos económicos que aunque controlados por el CNE son de dificil seguimiento. Aquí la importancia de mecanismos mínimos para trabajar en asegurar la menor ingerencia de esta epidemia mundial en nuestra política. Para muchos y durante mucho tiempo ha sido "normal" escuchar sobre financiamiento de dudosa procedencia en campañas de autoridades locales, regionales y nacionales, pero, al menos que yo tenga memoria, jamás en el País se ha enjuiciado a nadie por un hecho de estos.
Hoy con la enorme cantidad de droga incautada, que debe ser un porcentaje de todo lo que sale, del reportado incremento del sicariato, del testaferrismo, del lavado de activos y otras evidencias de que esta actividad está seriamente pretendiéndo tomarse el País, y a puertas de unas cruciales elecciones, deben redoblarse los esfuerzos porque los fondos de las campañas y los candidatos se encuentren libres de influencias narco.
El esfuerzo no es solamente a nivel presidencial, los Asambleístas son blanco obvio de los narcos y más aún las autoridades locales que tienen, en la mayoría de situaciones, una influencia determinante en el entorno en que se desenvuelve el tráfico ilícito de estupefacientes y sus actividades relacionadas.
El CNE debe tomar acciones para asegurar que se está controlando el origen de los fondos para la campaña no solamente en el proceso electoral en sí, sino igualmente en la campaña interna que determina quienes son candidatos. Una unidad especializada, estrechamente vinculada con unidades élite de investigación e inteligencia integral (política, policial, financiera, etc) debe ponerse en marcha para evitar que en unos meses o años nos enteremos que se han replicado en el País los narco candidatos o las narco autoridades que son comunes en muchos países.
Acciones múltiples, coordinadas, integrales y protegidas en extremo, son vitales para que Ecuador siga siendo una democracia estable y un País del que todos podamos seguir sintiéndonos orgullosos.
miércoles, 19 de diciembre de 2012
lunes, 22 de octubre de 2012
Información Pública de Movimientos y Partidos Políticos
Varios años atras, con la anterior Constitución vigente, trabajamos una ley adecuada para el momento que con buena intencionalidad se denominó Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a La Información Pública y que fuera publicada en el Registro Oficial Suplemento 337 del 18 de Mayo del 2004.
Nos acercamos a elecciones y es necesario esforzarse por lograr que se transparente la información pública de los partidos políticos que, están obligados a publicarla, al igual que otras organizaciones que reciben recursos del Estado. Como se establece en el principio de publicidad de la referida Ley:
- Art. 1.- Principio de Publicidad de la Información Pública.-
El acceso a la información pública es un derecho de las personas que garantiza el Estado.
Toda la información que emane o que esté en poder de las instituciones, organismos y
entidades, personas jurídicas de derecho público o privado que, para el tema materia de
la información tengan participación del Estado o sean concesionarios de éste, en
cualquiera de sus modalidades, conforme lo dispone la Ley Orgánica de la Contraloría
General del Estado; las organizaciones de trabajadores y servidores de las instituciones
del Estado, instituciones de educación superior que perciban rentas del Estado, las
denominadas organizaciones no gubernamentales (ONG's), están sometidas al principio
de publicidad; por lo tanto, toda información que posean es pública, salvo las
excepciones establecidas en esta Ley.
Los ciudadanos tenemos el derecho y el deber de exigir que los partidos y movimientos políticos publiquen con exactitud toda la información que se obliga en la Ley para que se cumpla el objeto de la misma establecido en su Art. 2, y en el caso concreto de la ciudadanía con énfasis en los siguientes literales:
- Art. 2.- Objeto de la Ley.-
c) Permitir la fiscalización de la administración pública y de los recursos públicos,
efectivizándose un verdadero control social;
e) La democratización de la sociedad ecuatoriana y la plena vigencia del estado de
derecho, a través de un genuino y legítimo acceso a la información pública; y,
f) Facilitar la efectiva participación ciudadana en la toma de decisiones de interés
general y su fiscalización.
Los recursos públicos destinados a los partidos y movimientos políticos deben ser sujetos del control social ciudadano, a más de los controles legales respectivos, para evitar que se empleen en fines no dispuestos precisamente por la Constitución y leyes.
La Ley establece los mecanismos a usarse en su Art. 7 que en lo pertinente menciona:
- Art. 7.- Difusión de la Información Pública.-
Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo
118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1
de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así
como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma
institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley se
la considera de naturaleza obligatoria
(Se lista a continuación la información OBLIGATORIA a ser publicada)
Como ciudadano debo saber quienes integran los directorios, que sedes o bienes posee una organizacion, que procesos internos se han seguido, cual es su rendición de cuentas donde se detallen los planes y ejecuciones logrados. Los ciudadanos debemos verificar que las propuestas presentadas en una campaña se cumplan y en qué grado han sido ejecutados los planes y propuestas presentados.
Este requisito debe ser cumplido EN EL PRESENTE PROCESO ELECTORAL para que se cumpla el literal f del Art. 2 que reitero indica: f) Facilitar la efectiva participación ciudadana en la toma de decisiones de interés general y su fiscalización. Una decisión crucial de interés general es por quien voy a votar y quisiera hacerlo por alguien que haya cumplido, que transparente sus cuentas y el uso de los recursos asignados. Que rinda cuentas en definitiva. Quisiera saber quienes son sus cuadros directivos y de candidatos, no solamente lo que nos dice la propaganda, sino una hoja de vida pública y política de los candidatos, donde se detalle de donde vienen, que trayectoria tienen y cómo han desempeñado sus actividades. Quisiera poder leer sobre cómo un candidato ha votado en las leyes que se han aprobado o negado con su participación o en todas las ordenanzas o resoluciones en que ha participado. Me interesa su asistencia a sesiones, la participación que mantienen y las posiciones que toman en las discusiones y votaciones.
Este acceso a conocer el accionar público de los candidatos es una herramienta importante para los ciudadanos, y funciona muy bien en modelos de democracia donde enviar comunicaciones a los asambleistas o funcionarios de elección popular, sobre temas que se debaten y en los cuales se espera una determinada línea de acción de su parte, es una forma real de ejercer ciudadanía y motivar las acciones de los mandatarios que siempre deben ser coherentes con las propuestas que permitieron su elección y consultadas cuando el tema lo exija.
Sin esta información pública seguiremos votando por caras y gestos y nuestra agenda política no evolucionará en el modo que debe hacerlo.
El CNE debería obligar a que esta Ley se cumpla en beneficio de la democracia real que todos aspiramos vivir.
lunes, 8 de octubre de 2012
Voto Electrónico
Voto
Electrónico
Carlos
Vera Quintana
Octubre
8 de 2012
Cuando
se le añade el término “electrónico” a los procesos,
automáticamente y pese al tiempo transcurrido ya en conocimiento de
los temas electrónicos y virtuales, se le añade un toque de
misterio e incertidumbre que resultan en la percepción de que
estamos frente a algo completamente nuevo, cuando en realidad estamos
frente a la automatización de un proceso que usualmente hemos
desarrollado permanentemente en nuestras vidas.
Así
pasó y pasa con términos como gobierno electrónico, comercio
electrónico, educación virtual, telemedicina, e-voto, etc.
En
lo conceptual, cada proceso involucrado, ya sea ejecutar procesos
relacionados con el gobierno o administración, con el comercio, la
educación, la medicina o el ejercicio democrático de votar,
mantiene su esencia. Es decir el objeto del proceso, los fines y
actores no varían, pero si lo hace el medio, las capacidades y la
eficiencia y eficacia del proceso, así como el entorno en el cual se
desarrollan.
Los
medios electrónicos proporcionan nuevos mecanismos para darles
seguridad a los procesos, disminuir el factor determinante de la
corrupción que es la discrecionalidad, optimizar los tiempos y
costos empleados e incrementar la eficiencia y eficacia. El uso de
medios electrónicos es sinónimo de innovación y en muchos casos de
procedimientos especializados. Ambos conceptos están siendo ya
superados y para las actuales nuevas generaciones solo existirá
gobierno, comercio, educación, medicina, voto, etc., pues no
concebirán otro medio de ejecer estas y la mayoría de actividades
de su vida, que no sea lo electrónico y virtual.
Hace
unos cuantos años se tenía un problema cuando existían fallas
mecánicas en los equipos en los que trabajabamos, luego la ausencia
de energía eléctrica se tornaba un problema por que no podían
usarse los computadores, y cuando todo esto parecía superado hoy no
se concibe la vida sin internet y aún teniendo Internet, no es
posible pensar en trabajar o producir sin ciertos portales
habilitados o sin acceso a las redes sociales o a la información
distribuida en la nube. Los nuevos comodities son acceso a
información y datos y a programas y equipos para procesarlos y
transformarlos en productos y servicios. Los datos no son útiles
sino se transforman en información y la información es relevante
cuando es pertinente y se transforma en inteligencia, productos y
servicios.
Cuando
se trata de procesos especialmente sensibles como la expresión de
voluntad ciudadana para determinar la forma de gobierno por la cual
optamos y el gobernante que queremos la ejerza, surjen en el término
electrónico nuevas connotaciones relacionadas con fraude
especializado, necesidad de ser ciudadanos especialistas en manejo de
la tecnología o la imposibilidad de mantener el control de los
procesos en todas las etapas del mismo para asegurar la pureza de los
sufragios.
La
presión de la ciudadanía se traslada igualmente a otros escenarios.
No tan lejanos están los días en que debían esperarse semanas para
tener los resultados de una elección, pero hoy se exigen en horas
los mismos resultados, con mayor número de votantes y en procesos
que crecen en complejidad. Aquí como en muchos temas relacionados
con la tecnología, el ciudadano espera que se haga realidad, sin
dilaciones ni excusas, la promesa de rapidez y eficiencia que
conlleva la tecnología.
El
proceso de voto electrónico debe mantener el concepto fundamental de
todo proceso sometido a votación: Que los resultados exhibidos sean
exactamente los resultados votados.
Un
proceso de votación se configura en un sistema integral que
comprende:
- Normas para reglamentarlo
- Autoridades para normarlo y conducirlo
- Veedores y acompañantes para supervisarlo
- Sistemas y medios tecnológicos para soportarlo
- Procesos definidos de soporte prevoto, concurrente y post voto
- Actores proponentes
- Actores decidores
- Jueces
- Marco Institucional para poner en práctica lo decidido en las urnas
Lo
que se espera de cada componente del sistema en breve incluye
- Normas para reglamentarlo
Desde
la norma suprema que es la Constitución, las leyes relacionadas, los
reglamentos y las normativas menores influyen de modo definitivo en
como funciona la relación entre sujeto y objeto del proceso de
votación. Estas normas pueden de origen orientar un proceso
transparente y neutral o sesgado y parcializado. Las normas que
promueven o impiden ciertos procesos o candidaturas son típicos
ejemplos de normas que distorsionan el sistema electoral.
- Autoridades para normarlo y conducirlo
Son
los resposables de elaborar la normativa y los procesos a seguir. Se
encuentran en diversas instancias, a nivel constituyente, legislativo
y electoral. La forma de designar las autoridades influye de modo
definitivo en la transparencia y neutralidad de los procesos pues son
estas autoridades quienes determinan los factores inhibidores y
habilitantes para una elección o votación, con lo cual en la
práctica determinan qué se vota y quién puede votar.
- Veedores y acompañantes para supervisarlo
Idealmente
representantes o actores de la Sociedad Civil cuya tarea es integrar
una fuerza de trabajo neutral, independiente políticamente y
autónoma económicamente con capacidad para observar los procesos,
entendiéndose por observar no solamente el acto de ser observadores
pasivos de un proceso y emitir comentarios al final del mismo con
recomendaciones no incluyentes, sino con capacidad de realizar
observaciones a los procesos para enmendar errores o desviaciones que
los alteren.
- Sistemas y medios tecnológicos para soportarlo
Es
decir urnas, papeletas, medios de transporte y transmisión, sistemas
de control de votos y de procesos relacionados (publicidad, actividad
electoral, etc). Es esta parte del sistema la que es más susceptible
de ser automatizada, y es su automatización la que cambia los
procesos que siguen los otros componentes (por ejemplo las normas, la
forma de realizar veedurías y controles, plazos y modalidades para
publicar resultados, etc.). La parte más crítica de la
automatización es la determinación de los equivalentes funcionales
que reemplazan otros componentes. Por ejemplo cual es el equivalente
funcional de la papeleta de votación o el equivalente funcional de
la urna donde se depositan los votos, entre otros.
Los
Sistemas tecnológicos y medios se deben aplicar a procesos
depurados, simplificados y optimizados, no a procesos existentes sin
revisión que solamente reproducen vicios de procedimiento o fallas
del sistema pero ahora de modo automatizado.
Se
trata no solamente de automatizar un proceso sino de adicionalmente
blindarlo de la influencia de factores externos al mismo que puedan
distorsionarlo o influenciarlo. La reducción de la discrecionalidad,
que se evidencia en la menor intervención humana para aplicar
criterios subjetivos influenciables es uno de los mayores
justificativos de esta automatización, como veremos más adelante.
La rapidez y confiabilidad en el procesamiento, almacenamiento,
verificación y transmisión de la información es el otro factor que
destaca en la automatización de procesos.
- Procesos definidos de soporte prevoto, concurrente y post voto
Junto
con las normas que ordenan el proceso electoral, estos subprocesos lo
determinan en cuanto a que, a través de ellos, se establece una
cadena concatenada de acontecimientos, plazos, acciones y actores a
lo largo de todo el evento electoral. El objetivo es determinar
cuando, quien, cómo y donde se ejecutan las acciones de los
procesos. Qué resultados se esperan y qué acciones se toman en las
diferentes condiciones. Por ejemplo el período de propaganda
electoral, o el horario de votaciones y cómo se contatenan entre sí
estas acciones es parte de un proceso que se diseña para ser
eficiente y previsible.
- Actores proponentes
Pueden
ser estos candidatos con sus propuestas de trabajo, propuestas a ser
votadas en un referendo o mecanismos de accionar público puestos a
consideración de los ciudadanos. Esto es las tesis, propuestas o
actores objeto de la votación.
La
capacidad de ser actor depende del estado de los derechos ciudadanos
y del cumplimiento de requisitos, siendo ambos mecanismos
restrictivos que deben ser debidamente manejados para asegurar la
mayor participación y la no discriminación por causas raciales,
geográficas, políticas, económicas, etc.
- Actores decidores
Los
sujetos del proceso. Aquellos que mediante el voto expresan su
voluntad sobre quien los gobierna, qué propuesta es aceptada para
implementarse o qué acciones se priorizan en una acción de
gobierno, etc.
Son
los ciudadanos que se enmarcan dentro del proceso y pueden ser
agrupados de acuerdo a la norma y objeto de votación que rija,
pudiendo existir procesos colegiados, parroquiales, municipales,
nacionales, etc. Aunque todos somos actores decidores, la capacidad
de decidir también está sujeta a las normas que rigen el proceso,
por ejemplo estar en goce de los derechos ciudadanos, pertenecer a un
gremio o vivir en una circunscripción geográfica determinada. El
estado de los derechos ciudadanos (pérdida temporal por ejemplo) o
los requisitos (vivir en una ciudad determinada por ejemplo)
determinan el caracter de elegible o no como actor decidor en un
proceso.
- Jueces
Que
determinen culpables de violar las normas electorales y las sanciones
correspondientes. Debe ser una instancia independiente y autónoma
igualmente incluso del nivel regulador o legislativo.
- Marco Institucional para poner en práctica lo decidido en las urnas
El
sustento de la democracia es poder decidir pero su principal
obstáculo es la voluntad manifestada no cumplida, retardada o
alterada. Por ejemplo si se determinó en un referendo una enmienda
constitucional o la necesidad de dictar una norma legal, incluso con
o sin plazos, la voluntad ciudadana debe cumplirse a riesgo de que el
exceso de consultas ineficaces reste credibilidad al proceso y
fomente el desinterés en la votación, la desconfianza y el
queminportismo. Un marco institucional no adecuado que no permite
poner en marcha la voluntad ciudadana expresada en las Urnas es más
pernicioso que un sistema autoritario, pues en tanto que el segundo
es impuesto y contra el mismo se puede y debe luchar, siendo que
eventualmente se logrará salir del estado de tiranía, contra lo
primero usualmente no existe “voluntad política” para combatirlo
y la ciudadanía pierde valores, confianza en el sistema y es
proclive a abandonar el resultado de su expresión.
Algunos
ejemplos claros tenemos en la historia ecuatoriana en especial
respecto del irrespeto a la voluntad expresada en las urnas para
elaborar normas o implementar acciones sometidas a referendo, que el
débil marco institucional no permite ejecutar. Nos estamos
acostumbrando a que años despues de una decisión en las urnas, los
ciudadanos no vemos la necesidad de exigir el cumplimiento del
mandato expresado, y el ejercicio de votar se transforma en una
novelería de turno o un pretexto para la arena política que tiene
detras casi siempre exclusivamente poder político y económico.
Esto
nos lleva a repensar las normas donde a cada obligación establecida
deberá paralelamente establecerse una instancia de juzgamiento y
sanciones. Por ejemplo en un referendo deberá establecerse los
plazos e instancias de ejecución de la voluntad ciudadana y las
sanciones y consecuencias legales para los responsables de ejecutarla
en casos de negligencia o incumplimientos, sin perjuicio de las
normas vigentes que rijan la actividades de dignatarios y
funcionarios.
Principios
de un proceso electoral
Son
básicas al menos los siguientes
- No discriminación
- Igualdad de participación y oportunidades
- De supervisión de legalidad y legitimidad
- Información y publicidad
- Neutralidad
- Soberanía
- Respeto a la voluntad ciudadana
- De implementación de la voluntad ciudadana
- No discriminación
Todo
ciudadano con los mínimos requisitos debe ser capaz de proponer y de
decidir. De elegir y ser elegido. En la historia política nacional
existen casos concretos de exclusiones a medida que siempre
distorsionan la democracia.
- Igualdad de participación y oportunidades
Que
todos los actores proponentes y decidores cuenten con la capacidad de
exponer sus tesis y de ejercer su derecho a decidir en igualdad de
condiciones y oportunidad. No deben existir normas que alteren la
participación ciudadana o la restrinjan aun indirectamente como por
ejemplo por problemas en el registro civil o instancias similares.
- De supervisión de legalidad y legitimidad
Existencia
de un principio en el cual terceros neutrales o actores comunitarios
involucrados en supervisar el cumplimiento de los aspectos formales y
de fondo de un proceso.
- Información y publicidad
Este
principio permite al ciudadano a informarse de modo neutral sobre qué
se decide, cómo ejercer el derecho a decidir, etc. Igualmente los
proponentes tienen la obligación y el derecho de publicitar sus
propuestas en igualdad de condiciones y oportunidades
- Neutralidad
De las instancias políticas y económicas. No deben poder las instituciones públicas influenciar directa o indirectamente con propaganda o publicidad ni tampoco los recursos privados primar para promover una tesis o una posición o candidatura.
- Soberanía
Propuestas
y candidatos soberanos no influenciados por terceros que pueden
pretender legitimar a través del voto la alteración de derechos que
siempre deben tener el carácter de inalienables e irrenunciables
para los ciudadanos de un País. Por ejemplo el derecho a los
recursos naturales, al buen vivir, a la educación y salud, etc.
- Respeto a la voluntad ciudadana
Que
ésta no se influencia, distorsione, altere o retarde.
- De implementación de la voluntad ciudadana
La
expresión en las urnas debe ser implementada, sin interpretaciones o
dilaciones y con sanciones para los responsables de su alteración o
inejecución.
En
el ejercicio de votar, el sufragio debe observar los siguientes
principios:
- Autenticidad: Que quien vote sea quien debe votar y quien dice ser.
- Integridad: Que el voto exhibido sea igual al voto depositado tanto al votante como en el resultado final.
- Permanencia: Que el voto expresado, auténtico e íntegro no sea dejado fuera del proceso por factores o actores externos.
- Privacidad: Que el voto no pueda transformarse en elemento de presión contra quien lo ejerce antes o despues de la votación, de modo individual o colectivo.
Los
principios del sufragio pueden asegurarse con el uso de la tecnología
igualmente en diversas formas y mecanismos como exponemos a
continuación:
- Autenticidad
Sistemas
de identificación fiables con procesos que aseguren la identidad del
ciudadano. En Ecuador los mecanismos de aseguramiento de la identidad
han mejorado notablemente existiendo algunas instancias que deben ser
estrictamente vigiladas para evitar alteraciones. No es solamente
necesario que la cédula tenga múltiples seguridades que la hacen
dificil o imposible de falsificar, sino por ejemplo que en el proceso
de fotografía para este documento básico, quien conste en la
fotografía sea quien consta en los datos. Era usual que al momento
de tomarse la fotografía se llamara a viva voz por la persona y
cualquiera se acercaba, resultando en una cédula muy segura que
podría ser falsa. Esto se ha corregido notablemente en el registro
civil y es uno de los puntos más delicados del proceso. Al momento
de verificar la identidad del ciudadano no es posible al responsable
de una mesa o urna ir más alla de la simple verificación manual
discrecional sin garantía de real autenticación por lo que la
responsabilidad de la autenticidad del ciudadano recae en otra
instancia como se ha expuesto.
La
tecnología permite, a través de procesos de reconocimiento facial,
comparación digital de huellas o similares, determinar
inequivocamente la identidad de un votante y su capacidad para votar.
La depuracíón de los padrones y las bases de datos debidamente
sincronizadas son vitales para asegurar la autenticidad de los
ciudadanos y su manejo igualmente se puede y debe automatizar.
La
sincronización de las bases de datos por problemas como duplicación
de información, multiplicidad de fuentes y ausencia de políticas de
datos que obliguen a las instituciones a compartir y sincronizar la
información es uno de los problemas más importantes que deben
enfrentarse. No es pensable un proceso de automatización de la
votación sin depuración y sincronización de las bases de datos. En
la era del conocimiento y la información es posible hacer que todos
tengan la capacidad de ejercer su derecho a votar, elegir y ser
elegido aun si cumple requisitos el mismo dia del sufragio.
Para
asegurar el sincronismo de datos se debe tener conectividad,
interconexión y estándares para la generación, procesamiento,
almacenamiento y tranmisión de los datos. Es usual encontrar fallas
tan simples como que uno cuando nace es Pedro Perez y cuando fallece
es Perez Pedro lo cual ocasiona desincronización total en el
sistema.
- Integridad
El
voto debe mantener su integridad, sin que sea posible alterarlo
previo, durante o despues del sufragio. El votante debe poder
verificar la expresión de su voto al momento de ejercerlo y los
responsables del sufragio deben ser capaces de asegurar que
colectivamente se mantiene la integridad de los votos.
- Permanencia
Es
la capacidad de que la voluntad manifestada en las urnas se mantenga
en el proceso de conteo evitando que se anulen mesas o sitios de
votación con cualquier pretexto a fin de favorecer o perjudicar una
opción o candidato.
- Privacidad
La
coherción previa, la amenaza concurrente o las sanciones posteriores
son un arma importante para distorsionar el voto. Cuando se conoce
cómo votó un ciudadano se lo puede presionar para votar en la forma
que se quiere individualmente. En lo colectivo la falta de atención
o servicios a poblaciones que se manifiestan contrarias a una tesis o
candidato son modos inaceptables de presión, aun cuando no existe la
privacidad colectiva.
Principios
del voto electrónico
Se
aplica en el proceso de expresión de la voluntad ciudadana que es
parte del proceso electoral total y debe contener los principios de
ser:
- Simple
- Confiable
- Seguro y
- Accesible
Simple:
Es
sinónimo de amigable, a prueba de errores de uso o de intimidaciones
tecnológicas o de interface para el ciudadano. Esto se consigue
trabajando con grupos focales y aplicando criterios de usabilidad y
accesibilidad.
Confiable:
No solamente por que refleja la voluntad ciudadana sino por que
inspira confianza a los mismos ciudadanos, que es auditable y
verificable en todo momento del proceso por los actores y terceros de
confianza.
Seguro:
Debe garantizarse la privacidad al votante al momento de ejercer el
voto y la inalterabilidad en la transmisión de datos del sufragio.
Al inicio del proceso debe poderse auditar el enceramiento, durante
el proceso la integridad y una vez terminado el proceso la
transmisión y acumulación de votos, así como su borrado para
evitar vulnerar la privacidad de los votantes aun luego de terminado
el proceso de elecciones.
Accesible: El
sistema debe estar disponible al 100% y se deben prever mecanismos
paralelos, automatizados o manuales para eventualidades tanto en el
proceso de votación como en la transmisión y almacenamiento. No
deben existir restricciones de ubicación geográfica, condiciones
climáticas o disponibilidad de energía por ejemplo, que impidan el
ejercicio electoral. Igualmente deben aprovisionarse mecanismos de
reemplazo de sistemas o sus partes o el reemplazo por procesos
manuales en ciertas condiciones.
La
auditoría del proceso debe determinar posibles tendencias de
inutilización de máquinas en determinados sitios por ejemplo, para
evitar que se altere la posibilidad de acceso al voto del ciudadano
que es el objetivo final, junto con el respeto de la voluntad
expresada.
Tipos
de voto electrónico
Sin
entrar en discusiones que escapan del alcance del presente ensayo,
podemos establecer razonablemente dos tipos de voto electrónico:
Total
en
el cual todo el proceso desde la exposición de tesis, seguimiento,
control, voto, sufragio, exposición de resultados y seguimiento de
ejecución sean por medios electrónicos. Aquí podemos hablar de un
voto electrónico local que es lo que normalmente se pone en práctica
y un voto electrónico a distancia o virtual que igualmente es
posible y recomendable en diversos casos.
Parcial
cuando
el sufragio es lo que se automatiza y puede igualmente realizarse por
medios electrónicos locales o telemáticos, por ejemplo a través de
Internet.
Uso
del voto electrónico
En
todo proceso es posible votar electrónicamente. Actualmente
se puede votar usando diversos mecanismos aplicables dependiendo del
número de votantes, de la complejidad de la votación, del tipo de
votantes, de los asuntos votados y de la implicación de los
resultados. Para ser más específicos, no es lo mismo votar por una
presidencia de un gremio por ejemplo que por la presidencia de la
república. Igualmente no es lo mismo votar entre legisladores en una
sala de votación que en una elección nacional.
El
voto por Internet o Telemático por redes electrónicas diversas
resulta apropiado en muchas circunstancias como para decidir temas
institucionales, por ejemplo la aprobación de presupuestos, normas u
ordenanzas, etc. Es posible que en procesos de mayor complejidad
deban arbitrarse mecanismos adicionales para asegurar privacidad e
integridad del votante pero técnicamente existen soluciones
confiables y al alcance del presupuesto de ejercicios electorales
diversos.
Votar
electrónicamente por ordenanzas o presupuestos parroquiales,
provinciales o nacionales evitaría el tener que contar con
concejales, diputados o asambleistas, dedicados a estos temas “en
representación” de la ciudadanía, otorgaría mayor legitimidad a
las normas decididas directamente por la ciudadanía y permitiría a
los representantes electos dedicarse a temas de mayor peso como
concentrarse en el diseño de las normas a ser votadas, la
administración eficiente y transparente de los recursos
presupuestados o la administración pública para la cual fueron
electos.
El
ciudadano otorga, con un mecanismo de voto electrónico en marcha,
capacidad concreta y específica de representación a sus mandatarios
y los asuntos que le influyen y determinarán su vida, se somenten a
su consideración tantas veces cuantas sean necesarias para que la
voluntad ciudadana se exprese. En esta línea el voto electrónico y
telemático tiene serias ventajas pues ya no es necesario organizar
procesos complejos con inmensos recursos dedicados y disputas
electorales presentes, sino que a través de la observancia de los
principios del voto electrónico se pueden lograr altos niveles de
participación que sin duda crearán ciudadanos más informados,
proactivos y respetuosos de la democracia y de lo que deciden las
mayorías. Estas mismas mayorías se tornarán más efectivas
conforme la confianza en el ejercicio de expresión de voluntad se
asiente y con la práctica de obtendrán mayorías consolidadas que
permitan a una tesis o un candidato ejecutarse o ejercer su autoridad
sin las consabidas reservas por el porcentaje de ciudadanos que
votaron a favor de otra tesis o candidato.
Solo
hay mucho que ganar y es hora de empezar
Carlos
Vera Quintana es Ingeniero Electrónico especializado en aplicaciones
de TICs
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